El Gobierno admite que el ‘cheque bebé’ discrimina
Publicado el 26/07/2008, por M. Tejo
Junto al efecto pinchazo que ya sufrieron la renta de emancipación o la deducción en el IRPF de los 400 euros, ahora le toca el turno a la paga por nuevo hijo. Su cobro genera “situaciones de desigualdad” a las inmigrantes.
“Y como el futuro empieza hoy, les anuncio una medida de gran alcance: cada familia con residencia legal en España recibirá 2.500 euros por nuevo hijo”. Era el 4 de julio de 2007.
El presidente del Gobierno forzó una vez más la hucha de Solbes con la promesa de una subvención directa para las familias. Tras más de hora y media de discurso, en el Debate del Estado de la Nación, la audiencia despertó de pronto de su letargo. “¡2.500 euros!”, repetía incrédulo el público. Lo que ignoraba el presidente es que caería preso de su espontánea ocurrencia.
Las reticencias del vicepresidente a apoyar la medida estrella, que supone un gasto de 1.200 millones anuales, sólo representaron el primer revés. La urgencia con la que se aprobó la Ley 35/2007, de noviembre, que establece la deducción de los 2.500 euros en el IRPF o su pago único, incurrió en algunos lapsus, lo que ha llevado a Economía y a Igualdad a reconocer que está dando lugar a “situaciones de desigualdad”, por lo que “existen supuestos de familias que no tendrán acceso a dicha ayuda”.
El legislador ha pasado por alto una realidad abultada en España: de los 491.183 nacimientos que se producen anualmente, dos de cada diez son de madre extranjera, y potencialmente afectados por el cheque bebé. He aquí la primera traba: la norma exige una residencia legal de dos años para acceder al cheque para todas las madres, únicas beneficiarias.
En primer lugar, la ayuda ya se trata sólo de un “cheque mamá”, como resume uno de los perjudicados, pues sólo en el caso de que ésta fallezca, el padre recibe la paga.
El problema radica en que un niño con DNI español tiene vetado el cheque por el hecho de tener padre español y madre extranjera (más de 35.000 nacimientos al año); en cambio, si fuese al revés, la Administración obviaría el dato de la nacionalidad del padre. Para rizar el rizo, las parejas homosexuales tienen derecho a elegir cuál de los dos será el beneficiario, dejando plena libertad, un derecho que se niega al resto de parejas.
El puntillismo normativo impide, incluso, que un niño nacido, por ejemplo, durante las vacaciones se beneficie del cheque por no haber nacido “en territorio español”.
La Administración responde tirando el balón hacia otro lado: Aído –Igualdad– se lo lanza a Cabrera –Educación y Asuntos Sociales–, y Corbacho –Trabajo– a su propia casa. Economía también mira hacia otra parte (ver apoyo).
Lo que responde Pedro Solbes
El cheque bebé que tanto le costó tragar a Solbes pivota ahora sobre su tejado. El Defensor del Pueblo ha decidido llamar a la puerta del vicepresidente económico con motivo de las “quejas” recibidas sobre el acceso a la paga de los 2.500 euros. Economía es tajante: “Una vez aprobada la ley, a la Administración tributaria sólo le queda aplicarla estrictamente”.
Aún así, tal como reescribe el Defensor del Pueblo, Economía “evidencia supuestos que son ajenos a los beneficios de la Ley dando lugar a situaciones de desigualdad no queridas por el legislador”.
Una subvención que roza el límite de lo constitucional
Una paga siempre rociada de polémica. Desde que el 4 de julio de 2007 el presidente del Gobierno anunció la subvención de 2.500 euros por cada nuevo nacimiento o adopción, al cheque bebé no le han parado de llover las críticas.
El PP, por ejemplo, acusó desde el primer momento a Zapatero de haberle plagiado esta medida, mientras otros partidos la tacharon de “trasnochada”. Pero al margen de estas trifulcas, el cheque bebé ha planteado entre los juristas las dudas sobre su constitucionalidad.
El primer agujero es su entrada en vigor, pues la ley que lo regula restringe su acceso a los nacimientos producidos a partir del uno de julio de 2007. Las alarmas no tardaron en sonar por una posible vulneración de la Ley General Tributaria, que prohíbe la entrada en vigor de una reforma fiscal a mitad de ejercicio. El escollo se esquivó bajo el argumento de que cualquier medida tiene que tener un punto de partida.
Pero hay más. Los laboralistas consultados explican que la prestación podría suponer una discriminación indirecta para las extranjeras. Según explica Sonia Cortés, socia de Cuatrecasas, a la inmigrante “se le discrimina por razón de sexo y ello podría considerarse inconstitucional”.
Disparidad de criterios
Aunque la paga intenta ayudar a la madre, consigue el efecto inverso al negarle al padre que sea, de forma excepcional, el receptor de éste. En cambio, las parejas del mismo sexo sí pueden elegir quién es el beneficiario. “Bastaría utilizar este criterio para todos para evitar la discriminación”, explica Cortés.
La jurista explica que el criterio de residencia es “objetivo”, sin embargo supone un perjuicio para “la madre” y, también, para el niño. “En el caso del apellido, por ejemplo, se pone primero el del padre por defecto. Éste es un criterio objetivo. Y aunque a priori no hay necesidad de cambiarlo, existe esa posibilidad”, reflexiona Cortés.
Enlaces Relacionados
Documento (I): Respuesta del Ministerio de Trabajo e Inmigración
Documento (II): Respuesta del Ministerio de la Igualdad
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