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Sobre el “Principlismo”: Observación a Beauchamp-Childress

viernes, 7 de mayo de 2010

Sobre el “Principlismo”: Observación a Beauchamp-Childress
Carlos A. Gómez Fajardo, MD - elpulso@elhospital.org.co

Con excesiva frecuencia -y en ocasiones con no poca ligereza- se suelen citar los “principios de autonomía, beneficencia y justicia” para dar a entender que se ha tenido cabalmente en cuenta la preocupación racional y metodológica en lo que atañe a los aspectos éticos. Esto vale tanto para el proceso de las decisiones concretas de la práctica clínica, como para los temas relacionados con la investigación en las áreas biomédicas. Pero no siempre el panorama es tan esquemático ni puede reducirse a la enumeración de aquellos célebres “principios”: pueden necesitarse algunas consideraciones adicionales.
La importancia del “principlismo” está bien arraigada en el pensamiento bioético de corte utilitarismo y pragmático en la tradición intelectual anglosajona; una obra de gran peso es la de Beauchamp y Childress (“The Principles of Bioethics”). Desde 1983 vienen sus sucesivas ediciones que comprueban la influencia de esta visión en el ámbito académico norteamericano y en consecuencia en todo el mundo, muy especialmente sobre los temas más controversiales de la bioética clínica.
Merece comentarse que existen importantes reservas metodológicas a aquella corriente que comprende la bioética como una especie de escenario en el cual se halla en conflicto -en determinados momentos y circunstancias- la primacía de alguno de aquellos “principios”. Oscilando según las circunstancias, alguno de ellos prevalecería en un determinado momento sobre los otros, paradójico dato que desmoronaría por su base precisamente el sistema de los “principios”, reduciéndolos a una actuación según conveniencias (“deontologismo prima facie”). Poco se puede hablar racionalmente de ellos cuando se trata de bases que tienen el carácter particular de ser oscilantes, relativas e intercambiables.
Aquellas confusiones entre los principios en conflicto pueden conducir a las soluciones basadas en un relativismo utilitarista fértil en incoherencias racionales: uno de los pensadores que ha defendido ésa tesis es Fletcher, para quien la bondad o maldad de una acción concreta puede medirse en términos de balance placer-dolor y la eticidad de los actos podrían medirse sólo por sus consecuencias. Tal es uno de los fundamentos de aquellas éticas de la “calidad de vida”, que conducen a visiones también contrastables y criticables racionalmente. Teóricamente existen quienes justifican a posteriori -ética y jurídicamente-, acciones máximas de discriminación hacia determinados seres humanos.
Siempre está presente el peligro de los privilegios de intereses de poder. La “hipertrofia de la voluntad y de la autonomía del yo” llega incluso al extremo de la negación de la realidad personal del otro. Esta es una de las explicaciones de la frecuencia con que se da en la práctica la contradicción de sistemas legislativos que protegen al fuerte o que discriminan y seleccionan de modo negativo y adverso a determinadas poblaciones. Todo ello validado legalmente por la normatividad positiva.
En contraposición al relativismo ético, cuya precariedad fundamental conduce al imperio de la voluntad del más influyente, está aquella visión bioética que afirma la persona dentro de la beneficencia propia de la tradición hipocrática: hacer el bien, evitar el mal. Ser solidario con el otro, cuya realidad personal jamás se niega.
En la disciplina de la bioética continúan presentes las necesidades de aproximación al fundamento racional, antropológico y filosófico de una tarea que es exigente y seria. No es simple la tarea del discernimiento, de la diferenciación entre lo que es bueno y lo que es malo, así como no está exenta de dificultades la vía de la afirmación de la persona humana como fin en sí misma, que nunca puede ser reducida a la condición de medio.
Un principio es un saber a que atenerse. No es modificable o ajustable a diversas opiniones, es válido en todas las circunstancias y es confirmado por la razón. Uno de ellos, por ejemplo, el del valor intrínseco de cada vida humana, que hace parte del “ethos” de la profesión médica.
No se debe confundir la disciplina de la bioética con la normatividad jurídica de talante deontológico y “principlista”. Son ámbitos diferentes entre los cuales navega el peligro de la reducción de la crítica sobre el quehacer médico, a un alegato positivista limitado sobre temas de responsabilidad civil. Existen las leyes injustas: esto es una constante a lo largo de la historia que se podría ejemplificar de modo innumerable, comenzando por Antígona y llegando hasta las modernas normas de discriminación genética
Nota:
Esta sección es un aporte del Centro Colombiano de Bioética -Cecolbe-.

http://www.periodicoelpulso.com/html/0803mar/opinion/opinion.htm

Nota

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Medellín, Antioquia, Colombia
Magister en Filosofía y Politóloga de la Universidad Pontificia Bolivariana. Diplomada en Seguridad y Defensa Nacional convenio entre la Universidad Pontificia Bolivariana y la Escuela Superior de Guerra. Docente Investigadora del Instituto de Humanismo Cristiano de la Universidad Pontificia Bolivariana. Directora del Grupo de Investigación Diké (Doctrina Social de la Iglesia). Miembro del Grupo de Investigación en Ética y Bioética (GIEB). Miembro del Observatorio de Ética, Política y Sociedad de la Universidad Pontificia Bolivariana. Miembro del Centro colombiano de Bioética (CECOLBE). Miembro de Redintercol. Ha sido asesora de campañas políticas, realizadora de programas radiales, así como autora de diversos artículos académicos y de opinión en las áreas de las Ciencias Políticas, la Bioética y el Bioderecho.

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