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La consulta médica cronometrada

viernes, 7 de mayo de 2010

La consulta médica cronometrada

Ramón Córdoba Palacio, MD - elpulso@elhospital.org.co

Una de las más infamantes condiciones en las cuales se presta la atención en salud, al menos en medicina, es la determinación de las instituciones intermediarias de fijar límite fijo en tiempo a la consulta de los pacientes: infamante para el paciente e infamante para el médico. Sin embargo, ni la Superintendencia de Salud y menos aún el Ministerio de las Protección (¿?) Social, llamados a defender la dignidad y la eficacia de dicha atención, han hecho nada para suspender tal atropello. Realmente, Superintendencia y Ministerio se han sumado al criterio económico de la salud, al mercantilismo de la vida y la dignidad humanas.
Tal medida es deshonrosa para el paciente porque no se le considera una persona humana ni se acepta la honesta manifestación de su compleja expresión como unidad inseparable de espíritu, organismo, ser social y cultural, y se pretende que sea un capítulo de cualesquiera de los tratados de patología clínica, quirúrgica, psíquica, etc., capítulo que el médico -médico esclavo para pacientes esclavos- debe leer en 15 ó 20 minutos, condición indispensable para ser evaluado como competente por sus amos que cuidan en esta forma que los ingresos a sus arcas no disminuyan económicamente. Si las condiciones clínico-patológicas del paciente, protegido por cualquiera de los sistemas proclamados en la malhadada Ley 100, no pueden ser adecuadamente resueltas en los 15 ó 20 minutos, peor para él, pues lo importante es que por ningún motivo el balance mensual de los ingresos monetarios muestre descenso. La existencia, la vida del “cliente” de la cual la salud es una circunstancia -a veces no la más importante-, es para dichos intermediarios cuestión de tasa monetaria que desconocen así la dignidad y el valor intrínseco y no negociable de la persona humana. Sin embargo, su falaz propaganda mercantilista exalta la atención humana y diligente de las respectivas “tiendas de salud”, como se promueve el uso de un detergente, de una margarina, de una marca de papel higiénico, etc.
¿Y quién responde por los errores en el diagnóstico y en el tratamiento, por el deterioro a veces grave del paciente? Éste, injustamente en la mayoría de los casos, culpa y demanda al médico de turno que lo atendió pero no exige a las instituciones garantías para que la evaluación de su situación clínico-patológica no se realice bajo la presión y la premura del cronómetro. “No hay enfermedades sino enfermos”, o mejor aún, “hay enfermedades en enfermos”, afirma Laín Entralgo, y esto requiere tiempo para analizar los síntomas que aquejan a cada uno de los pacientes que, reiteramos, no son cosas sino personas con todo lo complejo y grandioso que significa esta condición. Y buen número de los medios de comunicación, que debieran contribuir a hacer conciencia de tan absurda forma de atender a seres humanos, ponen en la picota al profesional sin cuestionar las condiciones en las cuales se le exige trabajar.
La consulta cronometrada es infamante para el médico, pues de entrada le está manifestando que la empresa desconfía de su honestidad y debe vigilarlo estrictamente para que cumpla con el contrato, aún cuando para esto falte a los deberes éticos de su misión, que es, ante todo, humanitaria, que le exige estudiar a cada paciente en su personal condición para poder ayudarlo adecuada, diligente, oportuna y eficazmente. No contentos con semejante atropello a la dignidad del médico, el Ministerio de la Protección (¿?) Social creó un empleo que acrecienta más la pérdida de la libertad profesional de quien asume la responsabilidad de cuidar de un ser humano, así sea por unos minutos: la auditoría médica, en la cual unas personas, que pueden no ser médicos y que si lo son no han evaluado personalmente al paciente, deciden sobre los exámenes para-clínicos, sobre el tratamiento, sobre la hospitalización, etc., como dioses que pueden disponer a su capricho de la evolución de la patología que sufre el paciente. Y lo peor de todo, dichos auditores son jueces y parte, pues laboralmente están vinculados a la empresa que los ocupa y, no obstante, deben juzgar sobre las diferencias entre lo que requiere para su existencia y su salud el paciente, y la empresa que los paga: juez y parte, figura propia de las tiranías, de los capataces.
Todo lo anterior ocurre desde 1993, y el Ministerio de la Protección (¿?) Social nada ha hecho para salvaguardar los derechos del paciente; y ese mismo Ministerio estuvo muy preocupado en reglamentar el aborto, la culminación de una mentalidad inhumana, mercantilista.
¿Cuándo el pueblo colombiano y sus cuerpos legislativos se darán cuenta del atropello a que está sometido el ser humano, y reclamarán seriamente sus derechos y el respeto a su dignidad?.
Nota: Esta sección es un aporte del Centro Colombiano de Bioética -Cecolbe-

http://www.periodicoelpulso.com/html/0704abr/opinion/opinion.htm

Nota

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Medellín, Antioquia, Colombia
Magister en Filosofía y Politóloga de la Universidad Pontificia Bolivariana. Diplomada en Seguridad y Defensa Nacional convenio entre la Universidad Pontificia Bolivariana y la Escuela Superior de Guerra. Docente Investigadora del Instituto de Humanismo Cristiano de la Universidad Pontificia Bolivariana. Directora del Grupo de Investigación Diké (Doctrina Social de la Iglesia). Miembro del Grupo de Investigación en Ética y Bioética (GIEB). Miembro del Observatorio de Ética, Política y Sociedad de la Universidad Pontificia Bolivariana. Miembro del Centro colombiano de Bioética (CECOLBE). Miembro de Redintercol. Ha sido asesora de campañas políticas, realizadora de programas radiales, así como autora de diversos artículos académicos y de opinión en las áreas de las Ciencias Políticas, la Bioética y el Bioderecho.

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