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La objeción de conciencia y las tiranías

viernes, 7 de mayo de 2010

La objeción de conciencia y las tiranías

Ramón Córdoba Palacio, MD - elpulso@elhospital.org.co

La historia nos muestra con terrible evidencia cómo, desde tiempos inmemoriales, las peores tiranías, las más crueles y sangrientas, se han ensañado en imponer sus criterios y en desconocer uno de los más fundamentales derechos humanos como es obedecer a la propia conciencia, empleando la violencia física o legal en contra de quien o de quienes tienen el valor de desconocer sus criterios para salvaguardar la propia dignidad y la dignidad incondicional de todo ser humano.
Recordemos, sin ceñirnos a una estricta sucesión histórica, algunos de estos vergonzosos y crueles episodios: uno de los más antiguos es, sin duda, el que conocemos como “El martirio de los siete hermanos” y de su madre, en la época de los Macabeos -cerca de 200 años antes de Cristo-, en el cual uno de los Antíocos hizo gala de una sevicia que ni el más feroz de los depredadores irracionales emplearía con sus víctimas. Más cerca de nuestro tiempo encontramos el circo romano y la multitud de personas sacrificadas por su fe o como combatientes que debían morir para complacer la sed de sangre de los habitantes del Imperio que proclamaba la civilización.
Y en el siglo pasado, siglo XX, se nos presentan como verdadero baldón del llamado Homo sapiens sapiens, los campos de concentración nazis y rusos, donde por motivos raciales, religiosos, políticos, etc., se eliminaban seres humanos con refinamientos que no aminoran sino que agravan la ferocidad de tiranos de pueblos llamados civilizados, portadores de cultura, creadores de ciencia “en pro de la humanidad”.
Bien. En Colombia, de forma muy sutil pero con preocupante firmeza, se instaura una de esas tiranías tan crueles o más que las que hemos citado. Más cruel porque involucra a seres humanos indefensos, que no han cometido por su misma condición biológica ningún delito ni han quebrantado ninguna disposición legal y que son condenados a muerte sin otorgárseles la posibilidad de defender sus vidas. Más cruel porque trata de obligar a personas libres a cometer el delito que ellos señalan como un derecho, o a convertirse en cómplices porque no les permite el recurso de la objeción de conciencia, derecho humano fundamental como lo afirmamos antes, reconocido en la Constitución de 1991, artículo 18, que ellos, al asumir sus cargos, juraron cumplir y defender. Todo tirano jura cumplir la Constitución, pero luego se hace un perjuro que sólo obedece a su propio criterio.
Desde las altas Cortes, desde el Ministerio de Protección Social (¿?), y ahora desde el Ministerio Público, se lucha denodadamente por abolir, especialmente para los médicos y las instituciones del área de la salud, el esencial derecho a la Objeción de Conciencia.
¡Ministerio de Protección Social! Parece por su nombre tener el encargo de cumplir en todos los casos el artículo 11 de la Constitución de 1991, que a la letra dice: “Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte”. Sin embargo, actualmente no sólo se considera legal condenar a muerte a seres humanos en el período embrionario de su natural desarrollo, sino que se pretende obligar al médico a ser el verdugo.
La misma Constitución al ocuparse del Ministerio Público ordena en el “Artículo 277. El Procurador General de la Nación por sí o por sus delegados y agentes, tendrá las siguientes funciones: 1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. 2. Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo. etc.”.
Sí, sutil pero firmemente la tiranía se impone en Colombia y, por temor más que por desconocimiento, poco o nada hemos hecho para defender nuestra libertad, antes de que sea demasiado tarde.
“El derecho a la vida es inviolable”. “Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia”, señalan los artículos 11 y 18 de la Constitución vigente, al reconocer los derechos esenciales de todo ser humano a la vida y a obrar según su conciencia. Vuelvo a preguntar: ¿qué hemos hecho o estamos haciendo para defender nuestra libertad, nuestra dignidad?.
Nota: Esta sección es un aporte del Centro Colombiano de Bioética -Cecolbe-

http://www.periodicoelpulso.com/html/0901ene/opinion/opinion.htm

Nota

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Medellín, Antioquia, Colombia
Magister en Filosofía y Politóloga de la Universidad Pontificia Bolivariana. Diplomada en Seguridad y Defensa Nacional convenio entre la Universidad Pontificia Bolivariana y la Escuela Superior de Guerra. Docente Investigadora del Instituto de Humanismo Cristiano de la Universidad Pontificia Bolivariana. Directora del Grupo de Investigación Diké (Doctrina Social de la Iglesia). Miembro del Grupo de Investigación en Ética y Bioética (GIEB). Miembro del Observatorio de Ética, Política y Sociedad de la Universidad Pontificia Bolivariana. Miembro del Centro colombiano de Bioética (CECOLBE). Miembro de Redintercol. Ha sido asesora de campañas políticas, realizadora de programas radiales, así como autora de diversos artículos académicos y de opinión en las áreas de las Ciencias Políticas, la Bioética y el Bioderecho.

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