13:11 | martes, 19 de agosto de 2008Noticias | Ciudad y Región
Fallo inédito: ordenan pasar alimentos a una embarazada
El juez Dutto reconoció los derechos del niño por nacer y ordenó al padre, un policía que abandonó a su mujer luego de enterarse del embarazo, a pasarle a la madre –como su representante– el 20 por ciento de su salario. La medida es provisoria, mientras se sustancia el juicio
Un fallo inédito que puede sentar precedente. Galería de Imágenes
En un fallo inédito, un juez rosarino reconoció el derecho de una mujer embarazada a percibir cuota alimentaria por su hijo por nacer. El padre es un policía que, pese a que estaba casada con ella, no quería tener el hijo e hizo abandono del hogar cuando se enteró del embarazo.
El juez Ricardo Dutto dictaminó que el policía le debe pasar el 20 por ciento de su salario a su mujer y facilitarle también la documentación necesaria para que la madre, y luego el niño, puedan gozar de la cobertura de su obra social, en este caso el Iapos.
El demandado y la demandante se casaron en julio del año pasado. En febrero de este año se enteraron del embarazo y el mes siguiente el policía hizo abandono del lugar, según la presentación judicial que hizo la mujer.
Desde entonces, el hombre, siempre de acuerdo a la denuncia de la demandante, no suministró alimentos, y además le negaba el recibo de sueldo que el Iapos le exigía a la mujer para obtener las órdenes , controlar el embarazo y darle medicamentos.
Lo extraño del caso es que no hay norma que contemple las necesidades del ser humano en gestación con lo cual "la adquisición de derechos está subordinado al resultado del nacimiento". Son embargo, Dutto entendió que el bebé "puede adquirir derechos por medio de sus representantes".
El magistrado aclara, sin embargo, que la medida que dictó –obligar al padre a pagar alimentos– es provisoria y de "naturaleza cautelar, pues tiende a cubrir las necesidades imprescindibles de la persona por nacer e indirectamente de la madre durante el curso del juicio, hasta tanto se arrimen otros elementos que permitan establecer el importe de la pensión definitiva".
"La presentación enmarcaría dentro de la medida cautelar innovativa, pues se impone un hacer nuevo, distinto al estado de cosas imperante, innovando en la situación, no existe otra medida apta, siendo su nota característica su provisoriedad, la cual subsistirá hasta el momento del dictado de una sentencia sobre el mérito que confirme o ratifique lo que se haya avanzado desde la perspectiva precautoria, debiendo concederse con la mayor flexibilidad para que cumpla sus fines en forma satisfactoria", explica el fallo.
Para el juez, el pago de alimentos debe aplicarse de inmediado porque "el peligro en la demora está ínsito en la situación excepcional de gravidez de la madre y abandono del marido y padre del nasciturus, con lo cual el despacho favorable de la medida resulta necesaria para llevar adelante el embarazo, contar con la obra social para afrontar los gastos que el mismo demanda y todos los atinentes al parto".
En ese marco, el magistrado entendió "razonable establecer una cuota alimentaria provisional equivalente al 20%" del salario del policía. La mujer había pedido que fuera de un 30 por ciento.
http://www.rosario3.com/noticias/noticias.aspx?idNot=35591
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domingo, 23 de agosto de 2009
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BIODERECHO,
NASCITURUS
Publicado por
Beatriz Campillo
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