Condenan a Austria por prohibir las donaciones para fecundar "in vitro"
01-04-2010 / 14:00 h
El tribunal estimó que no hay un "obstáculo insuperable" en el hecho de que los vínculos familiares que resultan de una procreación artificial "in vitro" con donación de esperma u óvulos de personas distintas a los padres "se integren en el marco general del derecho de la familia".
Los jueces de Estrasburgo dictaminaron que las dos parejas que habían recurrido ante la instancia europea después de que los tribunales austríacos les hubieran rechazado sus demandas para una procreación con donantes habrán de recibir 10.000 euros cada una en concepto de daños morales.
En la primera de esas parejas, tanto el marido como la mujer son estériles, y para tener hijos su opción era una fecundación "in vitro" con esperma de un donante, pero el Tribunal Constitucional se lo negó en octubre de 1999 en primer lugar para evitar "la creación de relaciones inhabituales entre personas".
En el caso de la segunda pareja, también con problemas de esterilidad y que se planteaba una fecundación "in vitro" con óvulos de una donante, se dio además como argumento en contra el riesgo de explotación de mujeres de un medio social desfavorecido que "habrían podido ser sometidas a presiones" para que donaran.
La legislación austríaca prohíbe el recurso a las donaciones de óvulos o esperma para una fecundación "in vitro", aunque está autorizado, en circunstancias excepcionales, el uso de esperma de terceros para una fecundación "in útero".
Para el Tribunal de Estrasburgo, aunque cada país puede decidir si autoriza la procreación asistida, una vez que lo hace debe ofrecer un marco jurídico "coherente" y que "permita tener en cuenta los diferentes intereses legítimos en juego", algo que estimó que no se ocurrió con las dos parejas en cuestión, que aparecen sólo identificadas por sus iniciales. EFE