Normativa
¿Quién es el propietario de la sangre de cordón umbilical?
Luis Martínez-Calcerrada, catedrático de Derecho Civil, considera que cuando la sangre de cordón umbilical se dona a un banco público es propiedad del establecimiento, mientras que si se deposita en uno privado para uso del recién nacido o un familiar la dueña es la parturienta.
Nuria Siles 22/10/2007
La extracción y almacenamiento de la sangre de cordón umbilical en un banco se ha puesto de moda sobre todo desde que los Príncipes de Asturias decidieran conservarla tras los nacimientos de las infantas. En torno a este tema se han generado debates y problemas jurídicos como el que ha enfrentado al Estado y a la Comunidad de Madrid por los bancos privados a partir del Real Decreto 1.301/2006.
Otra cuestión que se plantea en relación con esta cuestión es saber quién es el propietario de la sangre. Según Luis Martínez-Calcerrada, catedrático de Derecho Civil y ex magistrado del Tribunal Supremo, "si hay una donación a un banco público con un fin altruista, el propietario de la sangre es el propio establecimiento que al aceptarla queda investido de la titularidad jurídica de la propiedad; en cambio si se trata de un banco privado, la propietaria es la parturienta".
Así lo ha señalado en la mesa redonda Propiedad de la Sangre Almacenada de Cordón Umbilical del XIV Congreso Nacional de Derecho Sanitario, en la que ha explicado que "en el caso del banco privado no se trata de una donación, sino de un acto de transmisión de la parturienta en favor de su recién nacido o familiar homólogo.
El banco sería el depositario, que tendría la obligación de hacer el implante correspondiente". El catedrático ha aclarado que "cuando se hace la punción en el cordón para extraer la sangre el recién nacido todavía no es persona. Para que lo sea, según el artículo 30 del Código Civil, ha de vivir 24 horas desprendido completamente del seno materno". Pues bien, teniendo en cuenta esta premisa, el ex magistrado del Tribunal Supremo considera que en ese momento el menor se convierte en propietario de la sangre extraída del cordón, siendo la madre copropietaria.
Martínez-Calcerrada también ha señalado que "la legislación española no prohibe expresamente los bancos privados de sangre de cordón umbilical, pero no los contempla, es decir, existe una laguna legal".
La administración y la empresa privada, enfrentados
La Administración General del Estado y el sector privado presentan posturas enfrentadas en relación con la necesidad o no de la existencia de bancos privados de sangre de cordón umbilical. Según Santiago Luengo, director de uno de estos bancos, Secuvita, "no se puede coartar la libertad de las personas ni la libertad empresarial". A su juicio, los padres tienen derecho a conservar la sangre de sus hijos para el futuro. Luengo señala que todas las legislaciones de nuestro entorno permiten estos bancos privados.
La falta de regulación que hay en nuestro país está provocando que "aproximadamente el 97 por ciento de las familias españolas llevan la sangre del cordón fuera de España, exponiéndose a la falta de controles y contribuyendo a aumentar el PIB alemán o de otros países a los que se acude". Partidario de que coexistan los bancos públicos y los privados, sostiene que hay otras aplicaciones de la sangre de cordón umbilical además del trasplante de médula ósea, y apela al "caudal de los avances científicos que traiga el futuro".
Marta Torrabadella, médico adjunto del Servicio Catalán de la Salud, defiende que no son necesarios los bancos privados, principalmente porque "no hay evidencias científicas de que la sangre de cordón umbilical sirva nada más de momento que para un trasplante de médula ósea". Torrabadella, que trabaja en el banco de sangre del Hospital Valle de Hebrón, afirma que "mientras haya gente enferma que no tiene un donante compatible y que se están muriendo, la Administración pública no debe apoyar la conservación de una unidad exclusivamente para una persona y su familia. Cuando estén los bancos cubiertos entonces se puede hablar". Asimismo, señala que "los bancos públicos dan servicio a todo el mundo sin distinción de raza, capacidad económica, religión ni de ningún principio.
Lo importante sería que hubiera bancos públicos con unidades de calidad suficiente y no negociar con la salud. Hay un ánimo de lucro detrás de todo esto". Además, "se está vendiendo una esperanza, se está vendiendo humo".
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sábado, 18 de julio de 2009
Etiquetas:
BIODERECHO
Publicado por
Beatriz Campillo
en
22:51