Objeción de conciencia
Ramón Córdoba Palacio, MD - elpulso@elhospital.org.co
Causan espanto y vergüenza los conceptos lanzados a los cuatro vientos sobre la objeción de conciencia por parte de algunos medios de comunicación -casi todos- y especialmente de representantes del Estado -de un Estado que se proclama democrático-, de directores de salud, de magistrados de tribunales de ética médica, de gerentes de hospitales oficiales, de académicos, etc., es decir, de personas que debieron aprobar estudios de bachillerato y universitarios, y que por las dignidades que ostentan o cargos que desempeñan deben defender la dignidad y la libertad humana, orientar a sus conciudadanos. La objeción de conciencia no es cuestión religiosa ni legal -así haya quien sostenga que la ley está por encima de la conciencia- sino un derecho inscrito en la misma condición de ser humano, de persona, que por estructuración ontológica es libre y que, necesariamente, tiene que elegir siempre y para todas sus acciones humanas por baladíes que parezcan.¿Ignorancia crasa o criterio de superhombre, es decir, de tirano? Entre estas dos hipótesis está la respuesta a la preocupante posición que han asumido. Como sus conceptos sobre el no respeto a toda vida humana desde el momento mismo de la concepción, el no derecho del hijo sano o enfermo a la vida, las falacias sobre los peligros de la madre, etc., tienen serias impugnaciones éticas, científicas y sociales, acuden a la fuerza de determinaciones legales para imponer sus opiniones. Acusan de fanático a quien no piense como ellos y en la debilidad racional de la falacia de sus argumentos quieren imponerlos con presiones legales, como lo hicieron célebres regímenes: el nazista en Alemania, el estalinista en Rusia, para no mencionar sino dos de los más nefandos. Cuando ante cuestiones éticas o morales de la magnitud del aborto, la eutanasia, etc., se agotan los argumentos racionales, históricamente se ha echado mano a la imposición violenta de criterios que atropellan la libertad y la dignidad de la persona humana cualesquiera sea la religión, la ideología política, la raza, la circunstancia económica, cultural o social de quien se opone. Se empieza obligando sutilmente a realizar lo que en conciencia uno se ve inhibido de practicar; luego, si esto no basta, se toman medidas tales como impedir que se ejerza su profesión, lo que equivale a cerrar la posibilidad de ganarse la vida honestamente, y de allí a la desaparición forzada no hay sino un paso. Nos quejamos y con razón de la situación en que viven muchos de nuestros conciudadanos en manos de violentos organizados como insurgentes, pero ahora el Estado, o al menos algunos de sus distinguidos representantes, pretenden implantar como legal la misma norma: ¡O piensas como yo y haces lo que te indico o pereces!Más aún, en su ignorancia o en su soberbia están seguros de que su conducta debe ser paradigmática porque está fundada en los más nobles ideales de defensa de la vida y de la dignidad humana, de la igualdad de todos los seres humanos y de la justicia. Desconocen también, o lo olvidan maliciosamente, el artículo 18 de la Constitución Política de 1991, vigente a pesar de quienes niegan la validez de la objeción de conciencia. Y en su insana soberbia consideran que el médico que haga objeción de conciencia tiene, por determinación oficial, que convertirse en cómplice al tener el deber de señalar a alguien que elimine a un ser humano (en el caso de aborto o eutanasia), como si la objeción de conciencia no incluyera toda participación en el crimen.Puede vejarse y hasta destruirse al ser humano que consciente de su dignidad, de su libertad y de su responsabilidad se niega a actuar acogiéndose a la objeción de conciencia, pero el derecho de acogerse a ésta no desaparecerá mientras el ser humano estructuralmente sea inteligente, racional, libre y digno. Este privilegio, la objeción de conciencia, no depende de elementos externos como leyes o disposiciones positivas sino de la condición de ser la persona una realidad humana, y de dicho privilegio no puede excluirse a ningún miembro de esta especie cualquiera sea el cargo que desempeñe en la sociedad, tanto en el área oficial como en la privada, porque es inherente a la persona humana y no al cargo.Nota: Esta sección es un aporte del Centro Colombiano de Bioética -Cecolbe-
http://www.periodicoelpulso.com/html/nov06/opinion/opinion.htm
Buscar
Objeción de conciencia
viernes, 31 de julio de 2009
Etiquetas:
OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Publicado por
Beatriz Campillo
en
2:30