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Intelectuales se suman al rechazo a cultivos de maíz transgénico

martes, 2 de febrero de 2010

Intelectuales se suman al rechazo a cultivos de maíz transgénico


ngélica Enciso L.

Periódico La Jornada
Jueves 28 de enero de 2010, p. 40

Mientras el gobierno federal acaba de autorizar el consumo humano y animal de cinco variedades de maíz transgénico –cuatro de Monsanto–, intelectuales se sumaron al rechazo a la entrega de 28 permisos para el cultivo experimental de este grano en territorio nacional, pues estudios internacionales han documentado daños a la salud.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), dependiente de la Secretaría de Salud, expidió ocho autorizaciones sanitarias para la importación y comercialización de organismos genéticamente modificados para uso y consumo humano y animal, así como para procesamiento industrial, informó Agro Bio.

Los autorizados son cinco desarrollos de maíz, uno de algodón, uno de soya y uno de alfalfa. Agro Bio precisó que con la aprobación de estos productos, en total son 77 los que están permitidos para que sean consumidos en el país.

Estudios internacionales

Por su parte, Greenpeace recordó que hace unas semanas a escala internacional se dieron a conocer estudios científicos elaborados por el Comité Independiente para la Investigación e Información sobre Ingeniería Genética (Criigen) que alertaron sobre daños en hígado y riñones de mamíferos derivados del consumo de variedades de maíz transgénico.

Por ello, consideró la organización, las autoridades deben aplicar el principio precautorio, para prevenir o detener mayores efectos negativos en el ambiente, la agrobiodiversidad y la salud humana y animal.

Asimismo, rechazó que los cultivos transgénicos traigan consigo mejores condiciones para los agricultores, ya que la patente de las semillas está en manos de empresas monopólicas, como Monsanto, que detenta 90 por ciento de las semillas de este tipo en el mundo y es el promotor directo e indirecto de 28 de las 31 solicitudes de siembras experimentales de maíz transgénico en el país.

Agregó que los experimentos no favorecen la investigación pública, ya que los científicos no tienen acceso para recolectar datos, debido a que las empresas controlan gran parte de la investigación por medio de las patentes y los candados del secreto comercial.

Greenpeace refirió que a pesar de que la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) alertó a las autoridades en el estudio Origen y diversificación del maíz acerca del riesgo de contaminación que representa el transgénico para el país –centro de origen y diversidad genética del grano–, se otorgaron permisos de liberación al ambiente de variedades de este tipo.

La organización ambientalista explicó asimismo que el rechazo al cultivo experimental de maíz en México lo han expresado científicos, productores y ambientalistas, así como artistas e intelectuales, entre ellos Elena Poniatowska, Carlos Monsiváis, Bruno Bichir, Julieta Egurrola, Jesusa Rodríguez, Liliana Felipe, Cecilia Suárez, Vanessa Bauche y Laura Esquivel.

http://www.jornada.unam.mx/2010/01/28/index.php?section=sociedad&article=040n1soc

¿Transgénicos en espacios naturales protegidos?

Denuncia de ecologistas
¿Transgénicos en espacios naturales protegidos?

MADRID, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -


La organización ecologista Amigos de la Tierra ha denunciado que las compañías biotecnológicas Bayer y Monsanto han solicitado permiso al Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM) para tramitar ensayos con transgénicos "peligrosos" en municipios españoles que incluyen espacios naturales protegidos. Sin embargo, ambas multinacionales aseguraron a Europa Press que sus peticiones se ciñen a la legislación y negaron esta posibilidad.

A pesar de ello, la ONG insiste en que, "como cada año", empresas como Monsanto, Bayer, así como Pioneer, Procase o KWS, solicitan permiso al Gobierno para experimentar con organismos modificados genéticamente al aire libre y subrayan que muchos de estos experimentos se engloban en "al menos" 50 espacios naturales protegidos, "desde zonas de la Red Natura 2000 hasta Parques Nacionales como Daimiel o Doñana".

En esta línea, afirman que han hecho una "petición formal" al MARM para que facilite la localización exacta de la ubicación de los ensayos ya que apuntan que sólo "está disponible a nivel de municipio" por lo que estiman que "podrían estar situados dentro de los espacios protegidos".

Por todo esto, Amigos de la Tierra exige al ministerio "que cambie su actitud, ponga la defensa del medio ambiente y la salud pública por encima de los intereses de las multinacionales y deniegue los permisos para realizar estos ensayos".

MARM: NO HAY RECLAMACIONES

Por su parte, fuentes del MARM precisaron a Europa Press que "todas" las peticiones que existen al respecto se exponen públicamente en su página web (www.marm.es) y quedan abiertas para posibles alegaciones. Asimismo, recalcaron que "no tienen conocimiento" de que Amigos de la Tierra haya hecho alguna reclamación sobre el asunto al que hacen referencia.

Así, las mismas fuentes señalan que cualquier solicitud acarrea un proceso que pasa por un Comité Científico formado por personas "de gran renombre y prestigio" donde hay representación de las comunidades autónomas y es donde se analizan las peticiones y se estudian "todos los pros y los contras" para después aprobar "las que cumplen los requisitos necesarios que dicta la ley". Finalmente, las solicitudes pasan al Consejo Interministerial donde se vuelven a revisar.

Mientras, una de las empresas señaladas por Amigos de la Tierra, Bayer CropScience asegura que no ha llevado a cabo "ningún" ensayo de campo con algodón modificado genéticamente en espacios naturales o protegidos y que "todos" los que han desarrollado fueron autorizados por las autoridades competentes además de estar de acuerdo con la "legislación europea y española".

"Nosotros no vamos a hacer, ni haremos, ni hemos hecho ensayos en parques naturales, es totalmente imposible", indicaron, al tiempo que subrayaron que no tienen "ningún tipo de interés en hacer cosas contra el medio ambiente".

Asimismo, ante dicha acusación, Monsanto Agricultura España aclaró que el desarrollo de "todos" sus cultivos experimentales se realiza siguiendo "estrictamente" el marco regulatorio español y, "tal y como establece la normativa vigente", estos ensayos sólo se solicitan y se autorizan "exclusivamente" en aquellos lugares donde ya se cultivan variedades convencionales de la misma especie.

En España, según esta compañía, los ensayos experimentales de cultivos genéticamente modificados se vienen realizando desde 1995 "sin que se haya descrito nunca ningún efecto perjudicial para el medio ambiente o para la salud humana". En esta línea, Monsanto apuntó que su "objetivo primordial" es "la contribución a una agricultura más sostenible con el medio ambiente, a través de la conversación de los recursos naturales; con los agricultores, mejorando su calidad de vida y la productividad de sus cosechas; y con la industria, permitiendo producir más con menos y ofreciendo alimentos seguros y de calidad".


http://www.europapress.es/epsocial/medio-ambiente-00323/noticia-transgenicos-espacios-naturales-protegidos-20100126190257.html

El Instituto de Biotecnología de León trabajará en proyectos de ´nanotecnología´

El Instituto de Biotecnología de León trabajará en proyectos de ´nanotecnología´

Cinco centros tecnológicos españoles, entre ellos el Instituto de Biotecnología (Inbiotec) de León y la Fundación Cartif, de Valladolid, trabajan en el denominado proyecto ‘Dinamo’ que pretende conseguir técnicas y procedimientos que permitan aplicar la nanotecnología al campo de la alimentación, mediante el nanoencapsulado de principios activos. La nanotecnología es una tecnología que abarca la capacidad de medir, modelar y controlar materiales a dimensiones muy pequeñas.


Cinco centros tecnológicos españoles, entre ellos el Instituto de Biotecnología (Inbiotec) de León y la Fundación Cartif, de Valladolid, trabajan en el denominado proyecto ‘Dinamo’ que pretende conseguir técnicas y procedimientos que permitan aplicar la nanotecnología al campo de la alimentación mediante el nanoencapsulado de principios activos. Este proyecto, que está subvencionado por el Ministerio de Ciencia e Innovación, cuenta con un presupuesto de 1,3 millones de euros.

El trabajo, que finalizará el próximo año, generará nuevos conocimientos en el desarrollo y aplicación de la nanotecnología en alimentación. Para ello, se investiga en la selección de materias primas funcionales que tengan la necesidad de ser encapsuladas para no perder sus propiedades beneficiosas para la salud. Igualmente, se está probando con diferentes materiales de recubrimiento aptos para uso alimentario que permitan alcanzar las dimensiones nanométricas y que garanticen su validez y seguridad para la alimentación humana.

La nanotecnología es una tecnología que abarca la capacidad de medir, modelar y controlar materiales a dimensiones muy pequeñas y su potencial deriva de las propiedades físicas, químicas y biológicas inusuales que presentan los materiales a escala nano.

Los beneficios de la nanotecnología aplicada a la alimentación son múltiples. Facilita el manejo y dosificación de aquellas sustancias cuya manipulación es complicada y aporta protección frente a agentes externos como luz, oxígeno, radicales libres o sustancias incompatibles por contacto. Asimismo, facilita una liberación controlada en el momento y lugar deseado, según las condiciones ambientales, o de forma sostenida en el tiempo.

Además, se pueden enmascarar ciertas características no deseadas en el producto final, como el aroma, el color o el olor y, como consecuencia de la protección de los principios activos, se reduce la cantidad necesaria para lograr un efecto dado. Pero la nanotecnología no sólo plantea la posibilidad de modificar el gusto, la consistencia y hasta el color de los alimentos, sino que puede ser una herramienta de gran utilidad en el desarrollo de nuevos productos funcionales y en la mejora de sus vías de absorción.

Otros ejemplos de la potencialidad de esta tecnología son los productos que cambian de sabor con una operación sencilla, como al agitarse o al enfriarse, los sistemas que cambian de color en caso de contaminarse o deteriorase, por ejemplo, una leche que cambie de color al agriarse, o el desarrollo de alimentos con sabores y aromas más estables en el tiempo.

http://www.cope.es/leon/28-01-10--instituto-biotecnologia-leon-trabajara-proyectos-nanotecnologia-130708-2

A Legal Puzzle: Can a Baby Have Three Biological Parents?

January 26, 2010
Editorial Observer
A Legal Puzzle: Can a Baby Have Three Biological Parents?
By ADAM COHEN
Scientists have created baby monkeys with a father and two mothers. Their goal was to eliminate birth defects, but increasing the number of biological parents beyond two could add a futuristic twist to an area where the law already is a mess: the question of who, in this age of artificial insemination and surrogacy, should be considered the legal parents of a baby.

Researchers at the Oregon National Primate Research Center were looking for ways to eliminate diseases that can be inherited through maternal DNA. They developed, as the magazine Nature reported last summer, a kind of swap in which defective DNA from the egg is removed and replaced with genetic material from another female’s egg. The researchers say the procedure is also likely to work on humans.

The result would be a baby with three biological parents — or “fractional parents,” as Adam Kolber, a professor at the University of San Diego School of Law, calls them.

He mentioned the idea over lunch at The Times, and it provided plenty of grist for debate among law junkies: Could a baby one day have 100 parents? Could anyone who contributes DNA claim visitation rights? How much DNA is enough? Can a child born outside the United States to foreigners who have DNA from an American citizen claim U.S. citizenship?

One reason these questions are so difficult to resolve definitively is that, even in simpler cases, the law of parenthood is badly muddled. That has been true since the 1980s saga of Baby M.

Mary Beth Whitehead had agreed to a payment of $10,000 to bear a child for William and Elizabeth Stern. The baby girl was conceived with Whitehead’s egg and Mr. Stern’s sperm. After the birth, Ms. Whitehead sued to keep the baby.

The New Jersey Supreme Court declared Ms. Whitehead “the legal mother” and “not to be penalized one iota because of the surrogate contract.” But it allowed the Sterns to raise the child.

In 1993, California came out the other way in a dispute between Crispina and Mark Calvert and a woman they had hired to carry a baby produced with their egg and sperm. All three courts that heard the case ruled for the Calverts, but each gave a different reason. The California Supreme Court finally decided that the person who intended to create the child and to raise it was the mother — in this case, Ms. Calvert.

There is confusion nationwide. Some states have laws expressly permitting surrogate parenthood; others make it illegal; and others have no law at all.

The problem, as Janet Dolgin, a Hofstra Law School professor, wrote in the Akron Law Review, is that legal thinking is deeply divided over how to judge what makes a family.

Since the 1960s, there has been a shift toward recognizing people’s intent in creating familial relationships, as reflected in the rise of no-fault divorce, prenuptial agreements and civil unions. But when it comes to deciding parenthood, courts remain deeply influenced by biology, even when it clashes with intent.

This concern is playing out now in A.G.R. v. D.R.H. & S.H., the biggest surrogacy case in New Jersey since Baby M’s. A woman served as a surrogate for her brother and his male spouse, giving birth to twins conceived with the spouse’s sperm and donor eggs. She signed a contract agreeing that her brother would adopt the children, but the trial court, saying it was following the Baby M decision, ruled that the spouse and the surrogate mother are the legal parents. The surrogate’s brother was given no parental rights.

When technology transforms a legal field — as the Internet is doing now for privacy, and digital music and video are doing for copyright — judges and legal thinkers have to decide what are the important values.

Parenthood cannot be reduced to a formula, but the law should move toward a greater recognition that the intent of the people involved is more important than the genes. That would provide useful guidance for courts to think about fractional parents — especially if the day comes when three or more people want to combine their DNA to create a baby.




Copyright 2010 The New York Times Company

http://www.nytimes.com/2010/01/26/opinion/26tues3.html

Aborto e ideología de género: dos resoluciones en el Consejo de Europa

ZS10012607 - 26-01-2010
Permalink: http://www.zenit.org/article-34064?l=spanish
Aborto e ideología de género: dos resoluciones en el Consejo de Europa

“La sexualidad humana es una actividad, no una identidad”

ESTRASBURGO, lunes 25 de enero de 2010 (ZENIT.org).- Dos resoluciones se someterán a examen y a votación en el Parlamento Europeo esta semana, explica el especialista en derecho europeo Grégor Puppinck en la siguiente entrevista concedida a ZENIT.

Una de estas resoluciones está dirigida a promover los derechos de los “LGBT” (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales), entre ellos el matrimonio, la adopción y la inseminación artificial; la otra, a animar una política de reducción demográfica que incluye el aborto como medio para ello.

Grégor Puppinck es director del European Centre for Law and Justice*, una ONG con base en Estrasburgo especializada en derecho europeo.

Ha participado en los trabajos del “Comité de expertos sobre la discriminación por razón de la orientación sexual y la identidad de género” (DH-LGTB) del Consejo de Europa.

- La atención se ha dirigido a dos textos problemáticos que serán sometidos a examen y a voto durante la próxima sesión de la Asamblea Parlamentaria, esta semana. Diversos diputados y ONG se han manifestado para corregir o contrarrestar estos textos. ¿De qué se trata?

G. Puppinck: Se trata de dos informes parlamentarios elaborados en marco del Consejo de Europa.

Tienen como objetivo, por un lado promover los derechos de los “LBGT” (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales), entre ellos el matrimonio, la adopción o la inseminación artificial.

Y por otro, fomentar una política de reducción demográfica, incluso a través, y aquí está lo problemático, del aborto.

Los informes serán debatidos y votados el miércoles 27 y el viernes 29 de enero, respectivamente, en Estrasburgo.

- ¿Qué problemas concretos presenta el informe sobre los derechos de los “LBGT”?

G. Puppinck: El informe de M. Andréas Gross, cuyo título preciso es “Discriminación por razón de la orientación sexual y la identidad de género” es problemático porque no se limita al objetivo respetable de querer proteger a las personas “LBGT” de la violencia y discriminaciones injustificadas.

En realidad, más allá, la resolución tiende a forzar la opinión y las conciencias imponiendo la idea según la cual todo tipo de relaciones (heterosexuales, homosexuales, bisexuales o transexuales) serían equivalentes desde el punto de vista de la naturaleza y la moral.

Como resultado de ello, no se permitiría ninguna distinción moral, política o jurídica, por ejemplo en relación al matrimonio, la adopción o la inseminación artificial.

Y yendo más allá de la legítima protección de las personas “LBGT” contras la violencia psíquica y las discriminaciones injustificadas, esta resolución viola varios derechos fundamentales.

En primer lugar, las libertades de opinión, de expresión y de religión se debilitan, ya que ya no se considerará admisible tener una opinión moral o religiosa sobre la homosexualidad.

Es sencillamente el derecho a no estar de acuerdo el que se retira en beneficio de un pensamiento único, en nombre de “la erradicación de la homofobia y la transfobia”.

La libertad de la Iglesia y de los creyentes está directamente y actualmente amenazada en este ámbito.

Después, el interés de los niños y de las familias también se ve igualmente amenazado. De hecho, la familia y los niños ya no son reconocidos como realidades naturales en sí mismas, sino como deseos subjetivos.

Dado que el adulto LGBT tiene el deseo, esta resolución concluye que existen “derechos” para ellos a casarse, a adoptar niños y a fundar “una familia” como si las realidades naturales no existieran.

En cuanto al interés superior del niño, se hace silencio. Por otra parte, sería conveniente educar a los niños desde la más tierna edad contra los prejuicios.

- ¿Cuál es la filosofía subyacente en esta resolución?

G. Puppinck: La afirmación de los derechos de las personas LBGT se realiza, por una parte, por la negación de las distinciones objetivas entre las realidades, sin embargo diferentes, que son una pareja heterosexual y las relaciones LGBT.

Y por otra parte, sobre el fundamento de una neutralización moral de la sexualidad, especialmente en su variante LGBT.

Esta resolución se basa en el presupuesto de que la sexualidad es externa a la esfera de la acción moral.

Sin embargo, la sexualidad humana, como toda actividad voluntaria, posee una dimensión moral: es una actividad que pone en obra la voluntad individual al servicio de una finalidad; no es una “identidad”.

En otras palabras, depende del actuar y no del ser, incluso aunque las tendencias homosexuales pudieran estar profundamente arraigadas en la personalidad.

Negar la dimensión moral de la sexualidad equivale a negar la libertad de la persona en la materia y lleva a atentar, en última instancia, contra su dignidad ontológica.

Las consecuencias de este supuesto aparecen a lo largo del texto que se somete al examen y a la votación de la Asamblea.

Así, en él, por ejemplo, se compara el comportamiento sexual con criterios como la raza, la edad o el sexo, a pesar de que estos últimos criterios están comúnmente acepados por su objetividad; caen en el “ser” y no en el actuar.

En un sentido más general, la principal consecuencia -y el objetivo, sin duda- de la exteriorización de la sexualidad de la esfera de la acción moral, es impedir la posibilidad misma de una apreciación moral del comportamiento.

Como resultado, la justificación moral de una diferencia de trato -de una discriminación- se hace imposible: los distintos tipos de comportamientos sexuales son presentes in abstracto como neutros y equivalentes entre sí.

Se hace imposible e incluso se prohíbe expresar una opinión sobre esta cuestión.

Por el contrario, la aproximación clásica y propiamente jurídica del concepto de discriminación se basa en la evaluación in concreto de las circunstancias que justifican, o no, una diferencia de trato.

Se atenta así contra el derecho a tener una opinión personal sobre un tipo de comportamiento determinado, y a actuar en consecuencia en la esfera propia.

Se prohíbe valorar desde el punto de vista moral la diferencia entre las realidades distintas que son una pareja heterosexual y las relaciones LGBT, condenados a adoptar un enfoque indiferente incapaz de responder a las reivindicaciones idealistas de pretendidos “derechos”, como el derecho al matrimonio, a la adopción o a la procreación médicamente asistida.

Y esto porque existe el imperativo de preservar las libertades jurídicas de conciencia y de religión, de pensamiento y de palabra.

- ¿Cómo actua el European Centre for Law and Justice (ECLJ) sobre esta cuestión?

G. Puppinck : Como Organización No Gubernamental especializada en derecho internacional y europeo de derechos humanos, el ECLJ ha escrito una memoria muy en profundidad que detalla, basándose en un análisis puramente jurídico, los elementos de esta resolución que deben corregirse.

Esta memoria está disponible, en inglés, en la web del ECLJ.

Hemos preparado la memoria a petición de un grupo de diputados activos dirigido por el muy dinámico diputado italiano Luca Volontè.

Hasta el momento, la Asamblea Parlamentaria ha actuado con una relativa indiferencia sobre unas cuestiones sin embargo muy sensibles, cuando sus recomendaciones tienen una influencia real, especialmente en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Es, por tanto, importante supervisar de cerca sus trabajos. En los últimos años, otras ONG realizan una actividad de lobbying directo y clásico, por ejemplo invitando a escribir a los diputados.

Eso funciona muy bien. Los datos de los diputados se encuentran en la web de la Asamblea parlementaria.

- ¿Y respecto al otro texto, sobre la demografía, que se votará esta semana?

G. Puppinck: Se trata de una resolución titulada “Quince años después del Programa de acción de la Conferencia internacional sobre la población y el desarrollo”, en referencia a la “Conferencia de El Cairo”. Será debatido el viernes 29 de enero.

El ECLJ ha expresado su preocupación por la promoción del aborto como medio de control demográfico y de planificación familiar.

Durante la negociación del Programa de acción de El Cairo, los Estados miembros de Naciones Unidas excluyeron explícitamente el aborto de los medios de regulación de los nacimientos, así como se excluyó la afirmación de un hipotético “derecho” fundamental al aborto.

Por último, el conjunto del informe se basa en una ideología neomalthusiana en la que se insiste en la necesidad concreta de limitar los nacimientos en los países pobres.

También para esta resolución, el ECLJ ha realizado un estudio de fondo, disponible, en francés y en inglés, en internet.

Esta intervención ha provocado un primer aplazamiento del examen del texto, previsto inicialmente para la última sesión.

En este análisis, insistimos mucho en el hecho de que promover el aborto viola los valores fundamentales sobre los que está construido el Consejo de Europa.

Esta promoción es contraria a la protección de la vida humana y de la dignidad, así como al respeto de la soberanía nacional.

El Programa de acción de El Cairo no creó el “derecho” al aborto, y dejó a los Estados miembros el cargo de decidir el grado de protección del que se beneficia el niño por nacer en sus países.

El programa de acción precisa que la realización de sus recomendaciones “es un derecho soberano que cada país ejerce de manera compatible con sus leyes nacionales y sus prioridades en materia de desarrollo, respetando plenamente las diversas religiones, los valores éticos y los orígenes culturales de su pueblo, y en conformidad con los principios de los derechos humanos reconocidos universalmente”.



* El Centro Europeo para la Justicia y los Derechos Humanos (“ECLJ”) es una Organización No Gubernamental internacional fundada en 1998 en Estrasburgo y tiene como objetivo la protección de los derechos humanos y la libertad religiosa en Europa. Los juristas del ECLJ han intervenido en numerosos casos llevados incluso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El ECLJ goza de un Estatuto Consultivo Especial ante las Naciones Unidas (ONU) y está acreditado ante el Parlamento europeo.

http://www.eclj.org



[Por Jesús Colina, traducción del francés por Patricia Navas]



http://www.zenit.org/rssspanish-34064

Nota

Este es un espacio para compartir información, la mayoria de los materiales no son de mi autoria, se sugiere por tanto citar la fuente original. Gracias

Perfil

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Medellín, Antioquia, Colombia
Magister en Filosofía y Politóloga de la Universidad Pontificia Bolivariana. Diplomada en Seguridad y Defensa Nacional convenio entre la Universidad Pontificia Bolivariana y la Escuela Superior de Guerra. Docente Investigadora del Instituto de Humanismo Cristiano de la Universidad Pontificia Bolivariana. Directora del Grupo de Investigación Diké (Doctrina Social de la Iglesia). Miembro del Grupo de Investigación en Ética y Bioética (GIEB). Miembro del Observatorio de Ética, Política y Sociedad de la Universidad Pontificia Bolivariana. Miembro del Centro colombiano de Bioética (CECOLBE). Miembro de Redintercol. Ha sido asesora de campañas políticas, realizadora de programas radiales, así como autora de diversos artículos académicos y de opinión en las áreas de las Ciencias Políticas, la Bioética y el Bioderecho.

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