Los médicos decidirán si las menores pueden abortar solas
Los facultativos valorarán los casos en que no se exige la firma de uno de los padres - Si la joven alega conflicto familiar, podrán pedir un informe psicológico
MARÍA R. SAHUQUILLO - Madrid - 25/05/2010
Las jóvenes de 16 y 17 años que quieran abortar pueden tomar libremente la decisión de hacerlo -hasta la semana 14, al igual que el resto de las mujeres-. Sin embargo, deberán presentar un documento que acredite que al menos uno de sus padres (o tutores) está informado. La chica podrá acudir a la clínica con ese representante legal o sola, siempre que presente ese texto junto con alguna documentación acreditativa (fotocopia del DNI de su madre, por ejemplo) que certifique que ese representante legal está informado. Así lo contempla el último borrador del desarrollo reglamentario de la nueva ley del aborto que entrará en vigor el próximo 5 de julio, y al que ha tenido acceso EL PAÍS.
La normativa articulada reglamenta también qué hacer ante uno de los puntos más polémicos de la ley, y sin duda el que más recelos ha despertado: las jóvenes que aleguen -tal y como contempla el texto legal- que decir en casa que van a abortar les supone un "grave conflicto". En esos casos será el médico que las atienda quien determine si los temores de esas mujeres son fundados. El profesional podrá pedir un informe de la situación de la mujer a un psicólogo o trabajador social para tomar la decisión.
El borrador del desarrollo reglamentario de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del embarazo -aprobada el 24 de febrero y publicada en el BOE el 4 de marzo- está ya en manos de algunas consejerías de Sanidad de las autonomías, y dentro de unos días entrará en un proceso participado de alegaciones en el que éstas y las organizaciones involucradas en la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo podrán opinar e introducir algún cambio.
El borrador -elaborado por los expertos del Ministerio de Igualdad y de Sanidad y Política Social- concreta aspectos fundamentales de la nueva ley, como es el del caso de las menores de 16 o 17 años. Y es que, hasta el próximo 5 de julio, las menores de 18 años necesitan el consentimiento paterno para abortar.
La Ley de Autonomía del Paciente (de 2002) establece la mayoría de edad sanitaria en 16 años salvo para ensayos clínicos, reproducción asistida e interrupción voluntaria del embarazo. La última de esas excepciones se eliminará con la nueva ley, que precisa que la decisión de abortar es de la mujer, que solo tendrá que informar a sus padres.
El desarrollo reglamentario crea para ello la figura de un documento que la joven tendrá que presentar para certificar que sus padres conocen su decisión. "El documento podrá ser entregado personalmente por la mujer acompañada de su representante legal al personal sanitario del centro en el que vaya a practicarse la intervención, o por la propia mujer acompañado de la documentación acreditativa de la identidad de quien haya sido informado".
El documento, según fuentes de Igualdad, no tiene por qué ser oficial. "No hace falta ir al notario para que lo firme. Se ha buscado un término medio que garantice que un representante legal de la mujer ha sido informado, pero que no sea excesivamente gravoso", aclaran fuentes del ministerio de Bibiana Aído.
Así, si este reglamento sale adelante, para abortar dentro de las 14 semanas de plazo libre, a la joven le bastará con una carta que atestigüe que, por ejemplo, su madre está informada de la decisión y si decide ir sola a la clínica, una fotocopia firmada del DNI del representante legal que firma la carta.
Este es un sistema similar al que imperaba antes de la entrada en vigor de la actual Ley de Autonomía del Paciente, cuando se aplicaba un artículo del Código Civil que señalaba que los menores podían consentir por sí mismos "los actos relativos a derechos de la personalidad" si tenían suficiente madurez. Ante esto y el dilema de quién acreditaba esa "suficiente madurez" de las menores, la mayoría de las clínicas que practicaban abortos (actualmente más del 98% de los abortos se practican en centros privados o concertados), optaba por pedir el consentimiento paterno. En ocasiones, sobre todo al principio, bastaba con presentar un escrito y una copia firmada del DNI de los padres. Después se pasó a solicitar a las menores que fueran acompañadas.
Pero la nueva ley de plazos para el aborto -aprobada en el Congreso por 183 votos contra 162 y en el Senado por 132 votos contra 126-, incluye una excepción al requisito de que los representantes de la menor deben conocer su decisión. Y es en los casos en los que la joven alegue que esa información le provoca "un conflicto grave, manifestado en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo". Entonces, dice el desarrollo reglamentario, "el médico encargado de practicar la interrupción del embarazo deberá apreciar que las alegaciones de la mujer son fundadas". Así se deja en sus manos la decisión, aunque este profesional puede pedir el apoyo de un psicólogo o un trabajador social.
En 2008 (último año del que hay datos) se registraron 115.812 interrupciones voluntarias del embarazo, un 3,27% más que el año anterior, según los datos de Sanidad. El aborto entre las más jovenes, sin embargo, disminuyó. Unas 14.900 mujeres menores de 19 años abortaron ese año. En 2007 fueron más de 15.300.
Inquietud entre los profesionales
Hace unos días los representantes de los colegios de médicos criticaron la nueva ley del aborto. "Crea una parcela de absoluta impunidad y autonomía a la mujer para abortar hasta la 14 semana de gestación", dice el documento de conclusiones del Congreso de la Profesión Médica. A algunos profesionales no les gusta la normativa de plazos, que entra en vigor el 5 de julio, despenaliza el aborto y que llega tras 25 años de una legislación que muchos consideraban desfasada. El nuevo texto equipara a España con la mayoría de los países de su entorno, como en Alemania, Holanda y Francia, donde existe ley de plazos.
Uno de los puntos más controvertidos para la profesión médica es el que las menores de 16 y 17 años puedan tomar la decisión de abortar solas, y únicamente tengan que informar a sus padres. "Es un error conceder autonomía absoluta para abortar a las menores", dicen los representantes de los colegios profesionales. Algunos médicos sostienen que la nueva ley no les proporciona más garantías jurídicas que la anterior.
No se sabe cuántos médicos objetan a la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo. Algo que quizá cambie con el nuevo registro de objetores que aprobó la semana pasada la Organización Médica Colegial. Un registró que regulará cada colegio profesional y que ya existe en Málaga, Zaragoza y Valladolid. Incluirse en él será voluntario. Hasta ahora, los objetores sólo debían informar a su jefe de servicio de su condición.
La nueva norma
- Ley de plazos. La nueva ley del aborto, que entrará en vigor el próximo 5 de julio, establece que éste puede ser libre hasta la semana 14. La mujer recibirá información de sus derechos, prestaciones, ayudas públicas a la maternidad y sobre la intervención, y tendrá un periodo de reflexión de tres días.
- Grave riesgo. Si existe grave riesgo para la salud de la madre o el feto padece graves anomalías, la mujer podrá interrumpir su embarazo hasta la semana 22 bajo este supuesto.
- Tras la semana 22 sólo podrá interrumpirse el embarazo si hay una malformación incompatible con la vida del feto o una enfermedad grave o incurable. Se necesitará el dictamen de un comité médico.
- Menores. Las mujeres de 16 y 17 años podrán tomar la decisión de abortar, pero deberán informar a uno de sus padres o tutores, excepto si esto les causa un conflicto grave.
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/medicos/decidiran/menores/pueden/abortar/solas/elpepusoc/20100525elpepisoc_3/Tes