Mirada al espejo de la historia
Tal es el caso de la ley de esterilización con que recientemente ha debutado la nueva administración. Para el estado, en esta novedosa concepción, los servicios de esterilización quirúrgica se deben ofrecer a las gentes como uno de los avances y expresiones de lo que en esta ley denominan "responsabilidad". Ignorando que las falacias de Malthus han caído desde su propia altura, el estado colombiano ahora se devuelve al eugenismo del siglo XIX.
Con razón se habló de la "rampa resbaladiza" haciendo referencia al significado de las leyes de la higiene racial que operaron en la Alemania de 1933. Una de las primeras medidas establecidas por aquel régimen -hoy sistemáticamente criticado por los liberales del nuevo cuño- fue la de la creación de los tribunales de eugenesia. De allí a la prohibición de los matrimonios inter-raciales hubo muy poca distancia. En pocos años el exterminio (comenzando por el de los niños enfermos y de otros "indeseables" para la sociedad) se convirtió en tarea del estado. La eliminación de gentes hizo parte de aquella lógica de intolerancia y de imposición de la todopoderosa voluntad de los legisladores y de los funcionarios obedientes a la ideología eugenésica.
El Congreso de Colombia ha expedido la ley 1412 (2010) para favorecer la esterilización de quien lo solicite, como un servicio más, como si se tratara del uso de una vacuna o de un medicamento contra una determinada enfermedad.
Es cierto que hay que mirar en el espejo de la historia. No justifica la ignorancia del pasado el proceder irracional de las generaciones actuales. Sería de suponerse que el legislador "en su inmensa sabiduría" fuese precisamente quien diera la voz de alerta en este sentido. Tristemente ahora se comprueba que es el mismo legislador quien repite la arbitrariedad clave de los regímenes totalitarios: es el propio órgano de la democracia el que reclama volver a la edad totalitaria.
Para quien quiera (como jurista, como ciudadano común, como educador, como padre de familia) revisar y comparar datos ciertos, van estos: El Art. 6 de la citada ley 1412 se refiere al consentimiento de quienes se hallen en "estado de discapacidad mental". De acuerdo a aquella norma, el consentimiento se delegaría en sus representantes legales. Es, ni más ni menos, la misma idea contenida en la "Ley de prevención de enfermedades hereditarias", de 1933; con ella se establecían los tribunales de eugenesia. Se estipulaba a quien correspondían los gastos generados por las esterilizaciones y castraciones ordenadas por funcionarios, en ella se referían también al consentimiento delegado en caso de retardo mental para estos efectos. Sólo que aquella ley de entonces era firmada por el canciller del Reich. La ley 1412 (2010), en cambio, es firmada por los actuales dirigentes elegidos por la voluntad del pueblo colombiano. Aunque sean mayoría y se consideren a sí mismos "idóneos" en las expresiones de su subjetividad, la ley 1412 sigue siendo una arbitrariedad que repite lo peor de los fatídicos ejemplos del pasado.