Levantan sanción a médico que perdió licencia por no practicar aborto
Por: Redacción eltiempo.com | 6:48 p.m. | 07 de Diciembre del 2010
Comparte este artículo
La Corte Constitucional argumenta que los médicos son los que invocan la objeción de conciencia.
Los magistrados anularon en Sala Plena una decisión de esa misma corporación de hace dos años y reiteraron que son los médicos y no las instituciones los que pueden invocar la objeción de conciencia.
La Corte, sin embargo, mantiene la decisión de sancionar a la EPS por no haberle prestado el servicio a la paciente de interrupción del embarazo.
"La Jurisprudencia constitucional es bien clara en establecer que la objeción de conciencia es individual y no institucional", señaló el presidente del alto tribunal, el magistrado Mauricio González.
Respaldan a médicos que aluden objeción de conciencia para no practicar abortos permitidos
El presidente de la Corte Constitucional, Mauricio González Cuervo, manifestó que "los médicos están en todo su derecho de ejercer la interrupción del embarazo en las tres excepciones que permite la ley, siempre y cuando no manifiesten impedimentos de índole moral, político o religioso".
La Corte se pronunció con la sentencia de tutela T-946 de 2008, que señala que los centros hospitalarios están en su derecho de negar o aceptar la practica del aborto, cuando se registra una violación, una malformación o se exponga la vida de la madre.
El magistrado Mauricio González, manifestó que de acuerdo con esta sentencia, el médico Germán Arango, quien se negó a interrumpirle el embarazo a una mujer violada que padecía de síndrome de Down en Manizales, no incurrió en ningún delito.
Sin embargo, aclaró que la entidad prestadora del servicio de salud había incurrido en alguna falta, por no remitir este caso a otro médico que le hubiese podido practicar el aborto a la joven.
http://www.rcnradio.com/noticias/nacional/07-12-10/respaldan-m-dicos-que-aluden-objeci-n-de-conciencia-para-no-practicar-abo